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Boletín mensual: octubre 2023 "Normas legales de seguridad y salud en el trabajo"

  • 22/11/2023

A continuación, detallamos la siguiente norma de seguridad y salud en el trabajo emitida en el mes de agosto de 2023:

one.png RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 313-2023-MINEM/DGH
Modifican los “Lineamientos y Disposiciones Técnicas necesarias para la elaboración de los Estudios de Riesgos de Seguridad y Planes de Respuestas de Emergencia”, aprobados mediante R.D. N° 129-2021-MINEM/DGH y sus modificatorias
Fecha de publicación: 27/10/2023
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IMPORTANTE: Aplica únicamente para el sector hidrocarburos

Antecedentes de la norma
En el año 2021, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) aprobó los Lineamientos y Disposiciones Técnicas necesarias para la elaboración de los Estudios de Riesgos de Seguridad (ERS) y Planes de Respuestas de Emergencia (PRE), dirigidos a las empresas del sector Hidrocarburos.
Dicha norma estableció los requisitos de formación y experiencia laboral que debían tener las personas encargadas de elaborar los ERS y PRE, principalmente asociados a procesos de ingeniería química, ingeniería petroquímica, ingeniería de petróleo, ingeniería mecánica u otras especialidades de ingeniería afines, relacionadas con los procesos de las actividades de hidrocarburos.

Contenido de la norma
La presente norma modifica el numeral 1.2 del literal A del artículo 3.1 del Ítem III (“Contenido”) de dichos Lineamientos, especificando lo siguiente:
“Los profesionales únicamente pueden elaborar ERS y PRE para las actividades de hidrocarburos con las que cuentan con la experiencia laboral requerida según lo establecido en el numeral 1.2 del literal A del numeral 3.1 del presente Ítem.”
Además, ese numeral 1.2 ha sido modificado de la siguiente manera:
1.2 Experiencia Laboral:
-Ingenieros con ocho (8) años de experiencia en la operación, procesos, seguridad, mantenimiento, supervisión y/o instalación de Actividades de Hidrocarburos de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Seguridad para las siguientes Actividades de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 043-2007-

EM. Dicha experiencia se puede contabilizar de manera conjunta entre actividades técnicamente afines de la siguiente manera:

Grupo Actividades de Hidrocarburos
1 Exploración y Explotación.
2 Procesamiento y Refinación.
3 Transporte por Ductos y Distribución por Ductos.
4 Almacenamiento, Recepción y Despacho (Planta de Abastecimiento, Planta de Abastecimiento en Aeropuerto y Terminales)
5 Transporte Acuático.
Recomendaciones
Las empresas empleadoras del sector Hidrocarburos que se encuentren obligadas a elaborar los ERS y PRE deberán asegurarse que las personas encargadas de realizarlos y/o actualizarlos, cumplan con los nuevos requisitos de formación profesional y experiencia laboral.

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